Servicio

Abogado de herencias
en Las Palmas de Gran Canaria

Aceptación, renuncia, beneficio de inventario, declaración de herederos y partición. Te explico tus opciones sin tecnicismos y con números encima de la mesa. Primera consulta 60 €.

Cuando alguien fallece, la familia se enfrenta a dos cosas al mismo tiempo: el dolor de la pérdida y un papeleo que nadie te ha enseñado a gestionar. Mi trabajo es que el segundo no se sume al primero.

Te explico qué tiene la herencia, qué deudas hay y qué te conviene hacer: aceptarla, renunciar o aceptarla a beneficio de inventario. Te lo cuento sin tecnicismos, con plazos y costes claros. Y si tu caso no me encaja o no te conviene contratarme, te lo digo desde el principio.

Lo que puedo hacer por ti

Llevo todas las gestiones de derecho sucesorio. Estos son los casos más habituales en mi despacho:

Aceptación pura y simple de herencia
Renuncia a la herencia ante notario
Aceptación a beneficio de inventario
Declaración de herederos abintestato (sin testamento)
Partición de herencia entre varios herederos
Juicio de testamentaría
Reclamación de la legítima estricta
Defensa frente a otros herederos en conflicto

Así trabajo tu caso

Sin sorpresas. Lo que vamos a hacer y en qué orden:

Primera consulta (60 €, ~1 hora)

Me cuentas la situación: quién ha fallecido, qué bienes hay, qué deudas conocemos, cuántos herederos sois. Te explico tus 3 opciones (aceptar, renunciar o beneficio de inventario) y cuál te conviene.

Pedimos los certificados

Defunción, Últimas Voluntades y Seguros con cobertura por fallecimiento. Lo gestiono yo. Tú no tienes que moverte.

Localizamos el testamento (o tramitamos la declaración de herederos)

Si hay testamento, lo pedimos a la notaría donde se otorgó. Si no, abrimos el expediente de declaración de herederos abintestato.

Inventario de bienes y deudas

Cuentas bancarias, inmuebles, vehículos, hipotecas, préstamos personales, recibos pendientes. Hasta tener un balance claro de qué se hereda.

Trámites notariales

Te acompaño a la notaría para firmar la escritura de aceptación, renuncia o partición. Si vives fuera, gestiono el poder para que ni siquiera tengas que venir.

Liquidación del Impuesto de Sucesiones

Presento la autoliquidación en plazo (6 meses desde el fallecimiento) ante la Hacienda Canaria. En la mayoría de casos directos la cuota queda bonificada al 99,9%.

Cierre y dosier final

Te entrego copias de todas las escrituras, certificados y liquidaciones. Resumen escrito de lo que se ha hecho. Caso cerrado.

Lo que NO hago

Soy honesto con lo que puedo y no puedo hacer:

  • No firmo cesiones de derechos hereditarios a fondos buitre.
  • No te garantizo un plazo concreto si depende de la otra parte (otros herederos, juzgado, notaría).
  • No acepto el caso si veo que no te conviene económicamente. Te lo digo en la primera consulta.
  • No prometo resultados imposibles. Si la legítima de tu hermano es legalmente válida, no voy a contarte que se puede anular.

Cuánto cuesta y cuánto tarda

Datos reales basados en los casos que llevo en Las Palmas y Lanzarote:

Primera consulta
60 €
Una hora aproximada. Si decides contratar, este importe se descuenta de los honorarios totales.
Herencia sencilla
Desde 800 €
Un único heredero o varios sin conflicto, sin litigio. Honorarios cerrados por escrito.
Plazo medio
3-9 meses
Si hay litigio entre herederos, suele alargarse. Te doy un plazo realista en la primera consulta.
Importante: el Impuesto de Sucesiones se paga en 6 meses desde el fallecimiento (con posibilidad de prórroga de otros 6). Cuanto antes me contactes, más margen para planificar y evitar recargos.

Preguntas frecuentes

¿Puedo renunciar a la herencia si ya he tocado algún bien del fallecido?

No. El Código Civil considera que disponer de cualquier bien hereditario implica aceptación tácita. Si has retirado dinero del banco, vendido algo o usado un bien antes de manifestar formalmente tu posición, ya no puedes renunciar.

Por eso conviene decidir antes de tocar nada. Si tienes dudas, pídeme una consulta y revisamos tu situación en una hora.

¿Qué pasa si no hay testamento?

Se inicia el procedimiento de declaración de herederos abintestato ante notario. Los herederos los determina la ley: primero descendientes, luego ascendientes, luego cónyuge, después hermanos y sobrinos.

El proceso suele durar entre 1 y 3 meses si no hay conflicto. Yo me encargo de toda la documentación.

¿Cómo se paga el Impuesto de Sucesiones en Canarias?

En Canarias el Impuesto de Sucesiones está prácticamente bonificado al 99,9% para herederos directos (cónyuge, hijos, padres) desde 2019. Es decir: aunque la herencia sea importante, la cuota a pagar suele ser muy pequeña.

Hay que liquidarlo en 6 meses desde el fallecimiento. Aunque la cuota sea casi cero, la autoliquidación hay que presentarla obligatoriamente.

¿Cuánto cuesta renunciar ante notario?

El arancel notarial para una escritura de renuncia suele estar entre 60 y 150 €. A esto se suma los honorarios del abogado por la asesoría previa y la preparación de la documentación.

En total, renunciar correctamente (asesorado) ronda entre 200 y 400 € todo incluido.

¿Tengo que ir presencialmente al despacho?

No. Para las consultas y la mayor parte de la gestión podemos trabajar online por videollamada y email.

Solo hay que ir presencialmente a la notaría para firmar las escrituras (aceptación, renuncia o partición). Y si vives fuera de Canarias, podemos hacerlo por poder notarial para que ni siquiera tengas que viajar.

Vivo fuera de Canarias y tengo que heredar aquí, ¿puedes ayudarme?

Sí. Llevo casos habitualmente de herederos residentes en la Península o en el extranjero que heredan bienes en Gran Canaria o Lanzarote.

Gestionamos todo lo posible online, coordinamos las firmas notariales con notarios de tu zona si lo prefieres, y en algunos casos puedes firmar por poder sin viajar.

Óscar Padrón
Abogado civilista · ICALPA nº 7082

Llevo casos de herencias en mi despacho de C/ Alonso Alvarado 12 (Las Palmas), tanto sencillas (un único heredero, sin conflicto) como complejas (varios herederos, bienes en distintas provincias, herencias con deudas). Si tu caso encaja con lo que hago, hablamos.

¿Tienes un caso de herencia?

Cuéntamelo y te digo cómo puedo ayudarte.